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unidad:AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
 
año:2015
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios Ambientales y de Energía R-DFOE-AE-03-2015 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Fiscalización Operativa y Evaluativa. Área de Fiscalización de Servicios Ambientales y de Energía. San José, a las 00:00 horas del 00 de febrero de dos mil quince. RESULTANDO En conocimiento del recurso de revocatoria y apelación en subsidio presentado mediante oficio nro. SINAC-DE-151, recibido vía facsímil en esta Contraloría General a las quince horas con nueve minutos del 29 de enero de 2015 y su original recibido en este Órgano Contralor a las diez y treinta minutos del 30 de enero de 2015, por parte del Lic. Julio Jurado Fernández, Director Ejecutivo del SINAC, mediante el cual impugna las disposiciones 4.4 y 4.5 del informe nro. DFOE-AE-IF-02-2015 y solicita “de manera previa y antes de resolver el fondo del recurso, se decrete la suspensión de cumplimiento de las disposiciones 4.4 y 4.5 deben ejecutarse por parte del CONAC, y por conexidad de las que deban cumplirse derivadas de estas disposiciones dentro del informe No DFOE-AE-IF-02-2015”. CONSIDERANDO Al respecto, en forma interlocutoria y previa a resolver el fondo el recurso interpuesto, esta Área de Servicios Ambientales y de Energía resuelve la petitoria de suspensión de cumplimiento de las disposiciones referidas, sobre la cual el recurrente no da a conocer los argumentos o motivos que la fundamentan. En tal sentido procede señalar con respecto a la disposición 4.4, que la acción correspondiente a prohibir a sujetos privados solicitar donaciones dentro de los límites del Parque Nacional Cahuita, y que únicamente se permita realizar actividades y ocupar instalaciones del SINAC, con fines permitidos por el ordenamiento jurídico, no conlleva o comporta graves daños que afecten la situación jurídica de terceros, ni un perjuicio grave o de imposible reparación, actual o potenci ...
Fecha publicación: 07/02/2015
Fecha emisión: 04/02/2015
Institución: SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACION
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: ATENCION DE RECURSOS DE REVISION O DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO Y OTRAS REPLICAS
Informe padre: R-DFOE-AE-00003-2015
Notas de remisión: 1795-2015


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios Ambientales y de Energía R-DFOE-AE-02-2015 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA, ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA. San José, a las trece horas del veintiocho de enero de dos mil quince. Se conoce recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por la señora Patricia Quirós Quirós, en su condición de Gerente General del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), autorizada por acuerdo de Junta Directiva, nro. 4877, sesión extraordinaria nro. 357-14 de las 13 horas del 24 de noviembre de 2014, contra el informe nro. DFOE-AE-IF-12-2014 del 19 de noviembre de 2014, Informe de auditoría de carácter especial acerca de la razonabilidad de las acciones del Estado para poner en vigencia los planes reguladores que comprenda la Zona Marítimo Terrestre del país. RESULTANDO CONSIDERANDO I. De conformidad con lo establecido en los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, nro. 7428 del 7 setiembre de 1994, los actos definitivos que dicte el Órgano Contralor que no atiendan a la materia presupuestaria o de contratación administrativa, estarán sujetos al régimen común de impugnación de los actos administrativos, contenido en la Ley General de la Administración Pública, cuando se considere que lesionan derechos subjetivos o intereses legítimos o que impidan su origen. Según la norma contenida en el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública, la interposición de los recursos ordinarios debe darse dentro de los tres días siguientes al día en que se comunicó formalmente el acto final. Por otra parte, establece el artículo 347 de la Ley en referencia, la posibilidad de usar ambos recursos ordinarios (revocatoria y apelación) o uno solo de ellos. Según los registros que al efecto lleva la Contralor ...
Fecha publicación: 31/01/2015
Fecha emisión: 28/01/2015
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: ATENCION DE RECURSOS DE REVISION O DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO Y OTRAS REPLICAS
Notas de remisión: 335-2015  |  1029-2015  |  332-2015


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios Ambientales y de Energía R-DFOE-AE-01-2015 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA, ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA. San José, a las once horas del veintiocho de enero de dos mil quince. Se conoce recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por el señor Edgar E. Gutiérrez Espeleta, en su condición de Ministro del Ministerio de Ambiente y Energía, contra el informe nro. DFOE-AE-IF-12-2014 del 19 de noviembre de 2014, Informe de auditoría de carácter especial acerca de la razonabilidad de las acciones del Estado para poner en vigencia los planes reguladores que comprenda la Zona Marítimo Terrestre del país. RESULTANDO 1- El 24 de noviembre de 2014 la Contraloría General recibió el oficio nro. DM-637-2014, mediante el cual el recurrente manifiesta lo siguiente: a) En relación con la disposición contenida en el párrafo 4.3 solicita que se amplíe los plazos establecidos, para que el primer informe de avance sea presentado en enero de 2016 y no el 29 de mayo de 2015, en razón de que el Poder Ejecutivo se encuentra elaborando un decreto ejecutivo para crear una Comisión Interinstitucional, a efecto de establecer el proceso de aprobación de los planes reguladores, el cual será publicado en enero de 2015, y además para poder contar con los insumos que esa Comisión facilitará para dicho proceso. También, señala que en el proceso de planificación y ordenamiento territorial no es conveniente prohibir actividades basadas en un mapa de vulnerabilidad intrínseca a la contaminación de acuíferos, ya que se tiene que hacer un diagnóstico ambiental integral, seguido de procesos de prognosis y valoración de escenarios de uso del territorio, cuyo instrumento de control es el mapa de zonificación y su reglamento, por lo que señala que esa no es la única variable para limitar o habilitar ...
Fecha publicación: 31/01/2015
Fecha emisión: 28/01/2015
Institución: MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: ATENCION DE RECURSOS DE REVISION O DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO Y OTRAS REPLICAS